tsjdfÉdgar Elías Azar , quien es presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal hizo entrega de los premios Fiat Iustitia (hágase justicia, en latín) a una magistrada y dos jueces, de la misma manera se realizó una mención especial a otro juez.

El motivo de los premios es el de reconocer la emisión de sentencias apegadas a los derechos humanos, con las mejores prácticas en su función, tomar las mejores resoluciones judiciales por sus contenidos y por su capacidad de dar a cada quien su justo derecho.

Esta es la lista de los premiados y de las razones para el reconocimiento:

Rosalinda Sánchez Campos (octava sala penal)

Concursó sobre un caso de negligencia médica, en el cual condenó a un médico por el delito de lesiones culposas por responsabilidad profesional, así como al pago de multas y reparación del daño.

Cristina Espinosa Roselló (juez décimo de lo familiar)

Sobre el caso de una niña transgénero de padres divorciados. Con base en la protección de la adolescente, se entregó la guardia y la custodia a la madre, en tanto que se otorgó un régimen de visitas y convivencias entre la adolescente y su padre, quien no está de acuerdo con el proceso que vive la menor.

De la misma forma se aseguró que se diera la atención médica correspondiente para que la adolescente continúe con su proceso de reasignación sexo genérica, garantizando su derecho a la salud.

David López Rechy (juez 56 civil)

Se le reconoce por una recisión de contrato de arrendamiento inmobiliario, por el incumplimiento al bien inmueble que es ocupado como escuela primaria. En la sentencia se hizo una argumentación a favor del derecho a la educación de todos los niños y niñas preinscritos en ese centro, por lo que se decidió extender el plazo para desocupar el inmueble hasta que concluya este nuevo periodo escolar 2015-2016.

Huguet Rodríguez Godínez (juez vigésimo primero civil de cuantía menor)

Recibió mención especial por un juicio mercantil relacionado con el vencimiento de un pagaré, por un monto de 30 mil pesos, con un interés mensual y un interés moratorio, si se daba un retraso en los pagos pactados.

Se confirmó la deuda existente por parte de los codemandados y de acuerdo con los ingresos de la parte demandada, el pago de intereses y mensualidades deja, sin respaldo económico a los codemandados, por lo que condenó al pago de la deuda principal y al pago de intereses a razón del porcentaje que deba prevalecer y al pago de 30.61 por ciento anual. De lo contrario, se procederá al remate del bien embargado.

Con información de Milenio

Translate »